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¿Se viene un cambio?

Hugo Porta, Alejandro Risler y Raúl Sanz Prensa UAR

BUENOS AIRES -- Tras haber decidido por unanimidad, en una reunión de la Comisión de Uniones en Paraná, la necesidad de un cambio en el estatuto de la Unión Argentina de Rugby (UAR), el máximo órgano de este deporte en el país presentó una propuesta para esa modificación.

Las mayores novedades tienen que ver con que se incorpora una disposición expresa que prohíbe la negociación de los derechos de imagen y audiovisuales de la UAR y de sus equipos a través de intermediarios (tras el conflicto que existió entre la UAR y Sportfive, semilla de todos los conflictos posteriores con los jugadores.

También ee dispone la creación de dos Comisiones de Juego; una Comisión del Juego Amateur y una Comisión del Juego Profesional; se crea el Departamento de Imagen, Marketing y Audiovisuales que negociará los contratos inherentes a su área y se dispone la creación de un Tribunal de Ética para los dirigentes de la UAR y de las entidades que la integren.

Otro hecho destacable es que la UAR se hará cargo de los gastos del transporte (en exceso de 80 km por tramo) de los equipos representativos de clubes y Uniones de Rugby que participen en torneos nacionales o regionales autorizados por la UAR.

Y además, la propia UAR deberá aprobar la incorporación de un jugador argentino en clubes del exterior, a cambio de una tarifa que denomina "derechos de formación".

En resumen, el texto de 18 páginas enviado por la UAR a los medios y a las Uniones provinciales abarca:

1) LA INCORPORACIÓN DE LOS CLUBES COMO MIEMBROS DE LA UAR
- Los clubes de rugby se incorporan en forma directa a la UAR con derecho de voto para la elección de autoridades.
- La cantidad de votos de cada club será equivalente a la participación proporcional de los votos de dicho club en la Unión de Rugby a la que pertenezca sobre la cantidad de votos totales que se le asignen a dicha Unión en función de la cantidad de jugadores mayores de 15 años de dicha Unión. Es decir que si un club tiene, por ejemplo, el 5% de los votos en su Unión y esta tiene asignado el 10% de los votos en la UAR, dicho club tendrá entonces el 0,5% de los votos en las Asambleas de la UAR.

2) EL DESDOBLAMIENTO DE LA DIRECCIÓN DE LA UAR
-Será conducida y gestionada por dos órganos con facultades independientes: el actual Consejo Directivo y un Comité Ejecutivo que se crea con esta reforma.

3) EL CONSEJO DIRECTIVO
-El Consejo Directivo es el responsable de conducir estratégicamente a la UAR y tendrá las facultades de dirección y administración de la UAR que no sean expresamente atribuidas al Comité Ejecutivo en el Estatuto.
-Estará formado por 20 miembros titulares que durarán dos ejercicios en el cargo, renovables por mitades. El Presidente será elegido entre ellos, y a su vez será responsable de elegir al Secretario.
Se asignará un cargo de miembro titular del Consejo Directivo a las Uniones de Rugby en función a la cantidad de jugadores mayores de 15 años que pertenezcan a las mismas. Por cada 5%, o fracción que fuera mayor hasta completar el total, dicha Unión tendrá un consejero titular.

4)EL COMITÉ EJECUTIVO
-Estará integrado por cuatro miembros titulares que durarán cuatro ejercicios en el cargo, renovables por mitades, a ser designados por la Asamblea, más el Presidente del Consejo Directivo. Total: 5 miembros.
-Tiene a su cargo la gestión diaria de la entidad.
-Es responsable de ejecutar y poner en práctica la estrategia institucional que establezca la Asamblea y el Consejo Directivo.
-Es responsable de elaborar el Presupuesto Anual de la UAR para su aprobación por la Asamblea.
-Es responsable de gestionar el área profesional con facultades propias para intervenir en los aspectos económicos, financieros, contractuales y de negocios vinculados con los equipos representativos de la UAR y las competencias y partidos en los que participe.
-Tiene a su cargo la política de marketing, ventas y publicidad de la UAR así como la explotación de los derechos de imagen y audiovisuales de la UAR y de sus equipos.

-Tiene a su cargo la creación y modificación de la estructura administrativa de la UAR y todo lo vinculado con el personal de la misma.
-Tiene a su cargo la administración de la caja de la UAR.
-Resuelve los aspectos vinculados con la actividad deportiva internacional.

5) LA ELECCIÓN DE AUTORIDADES
-Todos los clubes votarán en forma directa por el total de vacantes a cubrirse tanto en el Consejo Directivo como en el Comité Ejecutivo.
-Es decir que, para el caso del Consejo Directivo, todos los clubes podrán votar no sólo por los candidatos para cubrir las vacantes correspondientes a dicha Unión sino las correspondientes al resto de las Uniones.
-Cualquier persona mayor de 18 años que haya jugador al rugby por lo menos 5 años y que cuente con la conformidad de su club podrá presentarse como candidato, haya sido postulado o no por su Unión o club .
-El voto será secreto.
-Los candidatos que obtengan la mayor cantidad de votos de los clubes para cada vacante en cuestión resultarán electos.

6) EL PROFESIONALISMO
-Se mantiene la prohibición del rugby profesional en la República Argentina con la excepción de los jugadores que integran los equipos representativos de la UAR que podrán percibir contraprestación de la UAR por su participación en los mismos.
-Los jugadores que actúen en el rugby profesional en el exterior deberán esperar 6 meses para poder actuar en el rugby local, un año si se trata de su segundo regreso al país y dos años, si se trata de regresos posteriores.

7) EL PRESUPUESTO
-La UAR contará con un presupuesto anual elaborado por el Comité Ejecutivo y aprobado por la Asamblea al cual se encontrará supeditada la actuación de la UAR y de todos sus órganos.
-Cualquier desvío de una partida presupuestaria en más de un 15%, incluyendo las asignadas para competencias, requerirá de la expresa aprobación de la Asamblea contando por lo menos con la misma mayoría que la Asamblea que aprobó oportunamente el Presupuesto y siempre que sean sostenibles.

8) DISTRIBUCIÓN DE INGRESOS A LOS CLUBES
-Entre el 15 y el 20% de los ingresos de la UAR -excluyendo subsidios o aportes de la IRB- serán distribuidos a los Clubes, exclusivamente para el desarrollo del deporte en su ámbito, de acuerdo con lo que resuelva la Asamblea.
-Los ingresos que perciban las Uniones de Rugby por la explotación de los derechos de imagen de sus torneos será descontado de las distribuciones que le correspondan a los clubes que pertenezcan a las mismas, importes que serán afectados a la constitución de un fondo de asistencia a las Uniones de Rugby más carenciadas.